La implementación de la Ley de 40 horas continúa avanzando en Chile y durante 2026 marcará un nuevo hito en el proceso de reducción de la jornada laboral. A partir del 26 de abril de este año, el límite semanal de trabajo disminuirá de 44 a 42 horas, como parte del calendario progresivo que culminará en 2028 con una jornada máxima de 40 horas semanales. La normativa, establecida en la Ley 21.561, busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, permitiendo mayor tiempo de descanso y conciliación entre la vida laboral y personal, sin afectar las remuneraciones. El proceso comenzó en 2024 con la reducción inicial desde 45 a 44 horas semanales, y continuará aplicándose de manera gradual hasta completar el objetivo final dentro de dos años. Sin embargo, la disminución de la jornada no será automática para todos los trabajadores del país. De acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Trabajo, existen ciertos grupos que quedan excluidos de esta reducción. Entre ellos se encuentran los altos cargos dentro de las empresas, como gerentes, administradores o directores, quienes ejercen funciones de confianza y toma de decisiones estratégicas. En estos casos, la naturaleza de sus responsabilidades implica una mayor flexibilidad en la organización de sus horarios laborales. Asimismo, la ley tampoco se aplica a trabajadores que no cuentan con fiscalización superior directa, es decir, aquellos cuyas funciones no están sujetas a un control horario tradicional debido a la autonomía con la que desarrollan sus labores. A estas excepciones se suman otros grupos que, por el tipo de vínculo laboral que mantienen, quedan fuera del alcance de la normativa. La ley de 40 horas rige exclusivamente para trabajadores contratados bajo el Código del Trabajo, lo que significa que funcionarios públicos y personas que prestan servicios a honorarios no se verán beneficiados con esta reducción. En el caso de los trabajadores del sector público, sus condiciones laborales se regulan a través del Estatuto Administrativo, mientras que quienes trabajan a honorarios no cuentan con un contrato laboral tradicional que los vincule bajo las normas del Código del Trabajo. De esta forma, la implementación de la ley continuará su avance durante los próximos años, aunque con ajustes que buscan adaptarla a las distintas realidades laborales existentes en el país. Las autoridades han reiterado que el objetivo principal de esta reforma es avanzar hacia una jornada laboral más equilibrada, que permita mejorar el bienestar de los trabajadores sin afectar el funcionamiento de las empresas ni la productividad del país.
La llegada del año 2026 traerá consigo un nuevo reajuste al sueldo mínimo en Chile. A partir del 1 de enero, el ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 18 años y hasta los 65 ascenderá a $539.000, según lo establece la Ley N°21.751, vigente desde junio de este año. Actualmente, el sueldo mínimo se ubica en $529.000, monto que rige desde el pasado 1 de mayo. En el caso de los trabajadores menores de 18 años y mayores de 65, el nuevo ingreso mínimo mensual será de $402.082, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa. Este ajuste corresponde al último aumento del salario mínimo durante el actual gobierno del Presidente Gabriel Boric. Cabe recordar que el mandatario asumió su periodo presidencial con un sueldo mínimo de $350.000, comprometiéndose durante su campaña a elevarlo al menos a $500.000 al final de su mandato, meta que se cumplió anticipadamente con los reajustes sucesivos aprobados por el Congreso. El aumento del sueldo mínimo no solo impacta en los ingresos de los trabajadores, sino que también tiene efectos colaterales en otras obligaciones legales. Uno de ellos es el monto mínimo de la pensión alimenticia, que con este reajuste se incrementará a $215.600. No obstante, este cambio no se aplica de manera automática, por lo que debe ser solicitado ante el respectivo tribunal de familia. Desde el Gobierno han señalado que estos incrementos buscan mejorar el poder adquisitivo de las familias y enfrentar el alza del costo de la vida, especialmente en un contexto económico aún marcado por la inflación y la recuperación postpandemia. Con esta nueva alza, el salario mínimo en Chile consolida una de las mayores variaciones de los últimos años, transformándose en un eje central de la agenda laboral y social del actual periodo presidencial.
Un análisis del Consejo para la Transparencia (CPLT) reveló que 1.734 funcionarios públicos de la Región de Antofagasta presentan registros laborales múltiples, ya sea dentro de una misma institución o en distintos organismos del Estado. El estudio, basado en una fiscalización extraordinaria realizada a septiembre de 2023, plantea desafíos relevantes en materia de control y uso eficiente de los recursos públicos. Según el informe, el 75% de los casos corresponde a funcionarios con dos registros laborales, mientras que el 25% restante presenta tres o más. En la mitad de los casos, la multiplicidad ocurre dentro de una misma institución, especialmente en organismos de la Administración Central. El resto combina vínculos entre distintas entidades, destacando los cruces entre ministerios y corporaciones municipales. Respecto a las modalidades de contratación, un 23% mantiene solo contratos a honorarios, un 18% posee más de un contrato bajo la modalidad de contrata, y un 16% combina ambas figuras. Si bien el CPLT aclara que la existencia de registros múltiples no implica necesariamente irregularidades —pudiendo deberse a errores de carga o funciones compatibles—, advierte la necesidad de mayor rigurosidad y fiscalización. La presidenta del CPLT, Natalia González, destacó que estos hallazgos “no siempre son ilegales, pero sí demandan explicaciones claras sobre compatibilidades horarias y modalidades de contratación”. El informe enfatiza que los equipos de auditoría interna y los organismos fiscalizadores deben revisar y aclarar estos casos para asegurar transparencia, eficiencia y correcta gestión del servicio público.
La implementación de la Ley de 40 horas continúa avanzando en Chile y durante 2026 marcará un nuevo hito en el proceso de reducción de la jornada laboral. A partir del 26 de abril de este año, el límite semanal de trabajo disminuirá de 44 a 42 horas, como parte del calendario progresivo que culminará en 2028 con una jornada máxima de 40 horas semanales. La normativa, establecida en la Ley 21.561, busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, permitiendo mayor tiempo de descanso y conciliación entre la vida laboral y personal, sin afectar las remuneraciones. El proceso comenzó en 2024 con la reducción inicial desde 45 a 44 horas semanales, y continuará aplicándose de manera gradual hasta completar el objetivo final dentro de dos años. Sin embargo, la disminución de la jornada no será automática para todos los trabajadores del país. De acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Trabajo, existen ciertos grupos que quedan excluidos de esta reducción. Entre ellos se encuentran los altos cargos dentro de las empresas, como gerentes, administradores o directores, quienes ejercen funciones de confianza y toma de decisiones estratégicas. En estos casos, la naturaleza de sus responsabilidades implica una mayor flexibilidad en la organización de sus horarios laborales. Asimismo, la ley tampoco se aplica a trabajadores que no cuentan con fiscalización superior directa, es decir, aquellos cuyas funciones no están sujetas a un control horario tradicional debido a la autonomía con la que desarrollan sus labores. A estas excepciones se suman otros grupos que, por el tipo de vínculo laboral que mantienen, quedan fuera del alcance de la normativa. La ley de 40 horas rige exclusivamente para trabajadores contratados bajo el Código del Trabajo, lo que significa que funcionarios públicos y personas que prestan servicios a honorarios no se verán beneficiados con esta reducción. En el caso de los trabajadores del sector público, sus condiciones laborales se regulan a través del Estatuto Administrativo, mientras que quienes trabajan a honorarios no cuentan con un contrato laboral tradicional que los vincule bajo las normas del Código del Trabajo. De esta forma, la implementación de la ley continuará su avance durante los próximos años, aunque con ajustes que buscan adaptarla a las distintas realidades laborales existentes en el país. Las autoridades han reiterado que el objetivo principal de esta reforma es avanzar hacia una jornada laboral más equilibrada, que permita mejorar el bienestar de los trabajadores sin afectar el funcionamiento de las empresas ni la productividad del país.
La llegada del año 2026 traerá consigo un nuevo reajuste al sueldo mínimo en Chile. A partir del 1 de enero, el ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 18 años y hasta los 65 ascenderá a $539.000, según lo establece la Ley N°21.751, vigente desde junio de este año. Actualmente, el sueldo mínimo se ubica en $529.000, monto que rige desde el pasado 1 de mayo. En el caso de los trabajadores menores de 18 años y mayores de 65, el nuevo ingreso mínimo mensual será de $402.082, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa. Este ajuste corresponde al último aumento del salario mínimo durante el actual gobierno del Presidente Gabriel Boric. Cabe recordar que el mandatario asumió su periodo presidencial con un sueldo mínimo de $350.000, comprometiéndose durante su campaña a elevarlo al menos a $500.000 al final de su mandato, meta que se cumplió anticipadamente con los reajustes sucesivos aprobados por el Congreso. El aumento del sueldo mínimo no solo impacta en los ingresos de los trabajadores, sino que también tiene efectos colaterales en otras obligaciones legales. Uno de ellos es el monto mínimo de la pensión alimenticia, que con este reajuste se incrementará a $215.600. No obstante, este cambio no se aplica de manera automática, por lo que debe ser solicitado ante el respectivo tribunal de familia. Desde el Gobierno han señalado que estos incrementos buscan mejorar el poder adquisitivo de las familias y enfrentar el alza del costo de la vida, especialmente en un contexto económico aún marcado por la inflación y la recuperación postpandemia. Con esta nueva alza, el salario mínimo en Chile consolida una de las mayores variaciones de los últimos años, transformándose en un eje central de la agenda laboral y social del actual periodo presidencial.
Un análisis del Consejo para la Transparencia (CPLT) reveló que 1.734 funcionarios públicos de la Región de Antofagasta presentan registros laborales múltiples, ya sea dentro de una misma institución o en distintos organismos del Estado. El estudio, basado en una fiscalización extraordinaria realizada a septiembre de 2023, plantea desafíos relevantes en materia de control y uso eficiente de los recursos públicos. Según el informe, el 75% de los casos corresponde a funcionarios con dos registros laborales, mientras que el 25% restante presenta tres o más. En la mitad de los casos, la multiplicidad ocurre dentro de una misma institución, especialmente en organismos de la Administración Central. El resto combina vínculos entre distintas entidades, destacando los cruces entre ministerios y corporaciones municipales. Respecto a las modalidades de contratación, un 23% mantiene solo contratos a honorarios, un 18% posee más de un contrato bajo la modalidad de contrata, y un 16% combina ambas figuras. Si bien el CPLT aclara que la existencia de registros múltiples no implica necesariamente irregularidades —pudiendo deberse a errores de carga o funciones compatibles—, advierte la necesidad de mayor rigurosidad y fiscalización. La presidenta del CPLT, Natalia González, destacó que estos hallazgos “no siempre son ilegales, pero sí demandan explicaciones claras sobre compatibilidades horarias y modalidades de contratación”. El informe enfatiza que los equipos de auditoría interna y los organismos fiscalizadores deben revisar y aclarar estos casos para asegurar transparencia, eficiencia y correcta gestión del servicio público.